A- de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Edgar Antonio Ahumada Sabogal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos de procedencia
- Procedencia según Decreto 2591/91 artículo 7
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se estudia una acción de tutela interpuesta en contra de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual se resolvió no casar la providencia que revocó el fallo que dispuso absolver al actor como responsable de peculado.
El accionante le pide a la Corporación decretar medidas provisionales dirigidas a proteger su derecho fundamental a la libertad personal, mientras la Sala Séptima de Revisión profiere el fallo definitivo.
Explicó, que en razón de que las pretensiones del recurso de casación fueron negadas, la condena impuesta en su contra se encuentra en firme y por ello existe una gran amenaza sobre su derecho a la libertad personal, pues en cualquier momento puede ser capturado para que se dé inicio al cumplimiento de la condena.
La Corte concluye que la solicitud de protección incoada, consistente en la suspensión de la pena privativa de la libertad impuesta en segunda instancia, no cumple los requisitos exigidos por la jurisprudencia constitucional, relacionados con apariencia de veracidad, peligro por la mora y proporcionalidad.
Consecuentemente con la anterior conclusión decidió NEGARLA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Septima de Revision de la Corte Constitucional,
- RESUELVE
- UNICO.- NEGAR la solicitud de medida provisional de proteccion presentada el 13 de mayo de 2019 por el senor Edgar Antonio Ahumada Sabogal, por intermedio de su apoderado judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.